Aviso legal

Esta minuta es un modelo orientativo de carácter informativo. No constituye asesoría jurídica, no es vinculante y no suple la orientación de un abogado para tu caso en particular. Cada situación tiene particularidades propias que pueden requerir ajustes o documentos complementarios.

¿Qué es el derecho de petición?

El derecho de petición es un derecho fundamental consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, que le permite a toda persona —natural o jurídica— presentar solicitudes respetuosas ante entidades públicas o privadas que presten servicios públicos, y obtener una respuesta completa, de fondo y oportuna.

La Ley 1755 de 2015 regula su ejercicio y establece los plazos, requisitos y modalidades. No importa si eres ciudadano, empresa o extranjero residente: tienes derecho a usar este mecanismo sin necesidad de abogado, aunque en casos complejos contar con orientación jurídica hace la diferencia.

El derecho de petición aplica ante entidades públicas (ministerios, alcaldías, notarías, bancos públicos, etc.) y ante organizaciones privadas cuando prestan un servicio público o cuando el peticionario tiene un interés legítimo en la información.

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Plazos de respuesta

La entidad destinataria está obligada a responder dentro de los siguientes términos:

15
días hábiles
Peticiones generales de información o solicitudes ante entidades públicas.
10
días hábiles
Peticiones de documentos o acceso a información pública.
30
días hábiles
Peticiones de consulta ante autoridades administrativas.

Si la entidad no responde dentro del plazo, se configura la mora administrativa, que puede dar lugar a una acción de tutela por vulneración del derecho fundamental de petición.

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Minuta — Derecho de Petición

Completa los campos resaltados con los datos reales de tu caso. Puedes usar esta estructura para peticiones de información, solicitudes de documentos, reclamaciones o cualquier otra petición respetuosa ante una entidad.

Minuta

[CIUDAD], [DÍA] de [MES] de [AÑO] Señores [NOMBRE DE LA ENTIDAD O EMPRESA] [CARGO DEL DESTINATARIO — ej: Gerente General / Director / Superintendente] [CIUDAD] E. S. D. ASUNTO: DERECHO DE PETICIÓN RADICADO: [NÚMERO DE RADICADO SI EXISTE — de lo contrario eliminar esta línea] Yo, [NOMBRE COMPLETO DEL PETICIONARIO], mayor de edad, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. [NÚMERO DE CÉDULA] expedida en [CIUDAD DE EXPEDICIÓN], actuando en nombre propio, con domicilio en [DIRECCIÓN DE RESIDENCIA], ciudad de [CIUDAD], y con número de contacto [TELÉFONO], me dirijo a ustedes con el debido respeto para formular el siguiente derecho de petición, en ejercicio del derecho consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y de conformidad con la Ley 1755 de 2015: I. HECHOS [Relate de forma clara y cronológica los hechos relevantes que motivan su petición. Sea preciso: mencione fechas, números de contrato, referencias, comunicaciones previas o cualquier dato que permita a la entidad identificar su caso.] II. PETICIÓN Con fundamento en los hechos anteriormente expuestos, respetuosamente solicito: [Enumere de forma clara y concreta lo que solicita. Por ejemplo: 1. Que se me suministre copia de [...]. 2. Que se dé respuesta a la solicitud radicada el [...]. 3. Que se corrija / actualice / cancele [...]. Puede incluir tantos numerales como sean necesarios.] III. FUNDAMENTO LEGAL La presente solicitud se fundamenta en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 1755 de 2015 (que regula el derecho de petición), y demás normas concordantes aplicables al caso. IV. NOTIFICACIONES Para los efectos legales, recibiré notificaciones en: Dirección: [DIRECCIÓN FÍSICA] Correo electrónico: [CORREO ELECTRÓNICO] Teléfono: [TELÉFONO] Del señor(a) [CARGO DEL DESTINATARIO], me suscribo con toda consideración,


Firma del peticionario [NOMBRE COMPLETO DEL PETICIONARIO] C.C. [NÚMERO DE CÉDULA] Tel: [TELÉFONO] [CORREO ELECTRÓNICO]
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Cómo diligenciar este derecho de petición

  1. 1
    Identifica al destinatario: verifica el nombre exacto de la entidad y el cargo del funcionario al que va dirigida. En entidades públicas puedes dirigirla al jefe de la dependencia competente. En empresas privadas, al representante legal o al área de atención al cliente.
  2. 2
    Redacta los hechos con claridad: describe cronológicamente qué pasó, cuándo y qué documentos o referencias tienes. Entre más precisa sea la narrativa, más fácil será para la entidad entender y responder tu solicitud.
  3. 3
    Formula la petición de forma concreta: usa verbos claros como "solicito que se me informe", "solicito copia de", "solicito que se corrija". Evita peticiones ambiguas que la entidad pueda responder de forma evasiva.
  4. 4
    Conserva el radicado: al entregar el documento —en físico o por correo electrónico— exige o guarda el número de radicado. Es la prueba de que presentaste la petición y activa el conteo del plazo de respuesta.
  5. 5
    Registra la fecha de entrega: a partir del día siguiente hábil empieza a correr el plazo de 15 días hábiles. Si vence sin respuesta, puedes interponer acción de tutela por vulneración del derecho fundamental de petición.
Si no te responden a tiempo

Vencido el plazo legal sin respuesta de fondo, puedes interponer una acción de tutela ante un juez para que ordene a la entidad responder de forma inmediata. La tutela por silencio administrativo ante derecho de petición suele resolverse en 10 días y tiene una altísima tasa de éxito cuando el plazo está claramente vencido. Conserva el comprobante de radicación como prueba.

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Preguntas frecuentes

¿Necesito un abogado para presentar un derecho de petición?
No. Cualquier persona puede presentarlo directamente. Sin embargo, cuando el caso involucra intereses económicos significativos, plazos procesales o situaciones jurídicas complejas, contar con orientación legal aumenta considerablemente las posibilidades de obtener una respuesta satisfactoria.

¿Puedo enviarlo por correo electrónico?
Sí. La Ley 1755 de 2015 permite presentar derechos de petición por medios físicos o electrónicos. Lo importante es que quede constancia de la entrega: guarda el correo enviado con fecha y hora, o solicita acuse de recibo.

¿Qué pasa si la entidad responde de forma evasiva o incompleta?
Una respuesta de fondo implica pronunciarse sobre todos los puntos solicitados. Si la respuesta no resuelve lo pedido, se considera que no hay respuesta real y puedes presentar tutela igualmente. En ese caso es recomendable contar con asesoría jurídica para argumentar la evasión.

¿Puedo pedir información sobre un tercero?
Depende del tipo de información. Puedes pedir información sobre asuntos que te afecten directamente o que sean de interés público. Sin embargo, la información privada de terceros está protegida y la entidad puede negar su entrega con base en la Ley 1581 de 2012 (habeas data).

¿No obtuviste respuesta o fue evasiva?

Si el plazo venció sin respuesta o la entidad no respondió de fondo, puedo ayudarte a interponer la tutela correspondiente o a dar el siguiente paso legal. Agenda una consulta y revisamos tu caso.

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